Preguntas frecuentes

Nuestro equipo ha investigado cuáles son las dudas recurrentes sobre la incorporación de empresas en Chile en materia de víabilidad comercial considerando los requerimientos contables y tributarios que deben cumplirse ante la ley. Aquí compartimos nuestras respuestas.

Incorporación de Empresa Extranjera

A modo general, las empresas extranjeras pueden elegir tres opciones:

Crear una Filial o Agencia de una Sucursal o Sociedad Controladora.
Constitución de una Sociedad Comercial Autónoma en Chile.
Adquisición o Fusión.

En cuanto a estas alternativas, generalmente el cliente puede escoger libremente. Las únicas excepciones son encontradas en los mercados regulados, como Instituciones Bancarias o Corredoras de Bolsa, quienes deben actuar según mande la ley especial.

La regla general es que no existe un monto mínimo requerido para realizar la Inversión Extranjera o para Constituir una Sociedad Extranjera en Chile. La excepción nuevamente dice relación con mercados regulados, como es el caso de las instituciones financieras.

Si conviene recordar que para Realizar una Inversión en Chile o Constituir una sociedad con el fin de justificar una solicitud de residencia o Visa en calidad de Inversionista, a partir del 1 de Agosto el monto sugerido es sobre $ 100.000 USD.

En cuanto al retiro o repatriación de utilidades desde la empresa Chilena al extranjero, es importante agregar que no existe un monto máximo o mínimo determinado a retirar. Para el retiro de utilidades al extranjero, nuestra legislación sólo exige que se hayan cumplido con las normas generales, por ejemplo, que no existan deudas pendientes con Impuestos Internos.

Como su nombre lo indica, esta opción no crea una sociedad autónoma en el país, sino que crea una persona jurídica subsidiaria de la principal. Por tanto, el primer paso es elaborar una Escritura Pública que contenga la información legal y financiera de la compañía, documentos que luego deben legalizarse según las normas Chilenas.

La declaración debe contener designación del Representante Legal de la Sucursal en Chile, Estatutos o by-laws de la Sociedad, certificado de vigencia, nombre, domicilio, información relativa al capital y giro de la Sucursal Chilena, y declaración expresa en que la Sociedad declara mantener en Chile bienes suficientes para garantizar su liquidez en caso de contraer futuras obligaciones.

En primer lugar, las Personas Naturales y Personas Jurídicas Extranjeras (actuando a través de su representante legal) deben obtener Rut de Inversionista Extranjero (explicado más abajo).

Luego, si ellos no se encuentran en Chile, deben otorgar Mandato mediante Escritura Pública a una persona con Residencia en Chile para que actúe en su representación ante las Instituciones Públicas Chilenas.

Si el extranjero con Rut de Inversionista Extranjero se encuentra en Chile, entonces puede actuar válidamente identificándose con su Pasaporte y Rut de Inversionista Extranjero.

Constituida la Sociedad, tiene la obligación de declarar su Inicio de Actividades ante Impuestos Internos, lo que debe realizarse en un periodo de dos meses desde que la compañía ha realizado acciones susceptibles de tributación. Junto con ello, se deben pagar la determinada patente municipal.

Por último, aunque no existe prohibición en Chile para que los Extranjeros incorporen Sociedades Comerciales, Impuestos Internos sí les exige que designen a un Representante Legal con residencia en Chile, para que actúe y responda ante el Servicio.

Rut de Inversionista Extranjero

Es un rol único tributario que identifica a determinado extranjero ante el sistema de impuestos internos y otros organismos en Chile. A diferencia de los permisos, no expresa necesariamente el ánimo de permanecer en el país, solo de hacer negocios y celebrar actos y contratos en él.

Al ser obtenido, permite al extranjero celebrar actos y contratos esenciales como comprar bienes raíces, formar sociedades comerciales o ingresar a ellas como socio y realizar operaciones bancarias, entre otras. Si usted desea emprender en el país, debe solicitarlo.

Efectivamente, son procesos paralelos cuya solicitud no afecta la otra. De hecho el Rut es competencia de Servicio de Impuestos Internos mientras que los permisos corresponden al Departamento de Extranjería y Migraciones.

Se agrega también que el proceso para obtener Rut de Inversionista Extranjero puede quedar listo en un par de días, mientras que la obtención del permiso de residencia temporal demora entre tres meses a un año.

Junto con la obtención de determinada información ordinaria (nombre, documento nacional de identidad, domicilio, estado civil, etc), existe un requisito particular en este procedimiento. Consiste en obtener el apoyo de una persona chilena o extranjero con residencia definitiva, que firme dando fe de su nombre en el formulario. Dicho tercero obtendrá de este modo determinadas obligaciones y responsabilidades a su nombre, ante el Servicio.

Efectivamente, la especialidad de este trámite requiere necesariamente la asesoría que nuestro equipo brinda. Si usted ya tiene a algún socio que pueda dar fe por usted ante el Servicio, no necesita viajar a Chile si no que podemos coordinar el procedimiento desde su país.

Asesoría Contable y Tributaria

Los impuestos existentes se pueden clasificar en:

1) Impuesto a la Renta

2) Impuesto a las Ventas y Servicios

3) Impuestos Específicos

4) Otros Impuestos

Según el Servicio de Impuestos Internos Chileno, los tamaños de empresas se clasifican en base a sus ventas anuales en los siguientes rangos:

• Microempresa rango 1 desde 0,01 UF – 200 UF.
• Microempresa rango 2 desde 200,01 UF – 600 UF.
• Microempresa rango 3 desde 600,01 UF – 2.400 UF.
• Pequeña empresa rango 1 desde 2.400,01 UF – 5.000 UF.
• Pequeña empresa rango 2 desde 5.000,01 UF – 10.000 UF.
• Pequeña empresa rango 3 desde 10.000,01 UF – 25.000 UF.
• Mediana empresa rango 1 desde 25.000,01 UF – 50.000 UF.
• Mediana empresa rango 2 desde 50.000,01 UF – 100.000 UF.

1 UF es equivalente aproximadamente a: USD $ 35

Renta atribuida:

Régimen donde los dueños de la empresa deben tributar por la totalidad de las rentas, independiente de las utilidades que se retiren. Al acogerse a esta modalidad, se deberá pagar el Impuesto de Primera Categoría, con tasa de 25%.

En este sistema, los contribuyentes tienen derecho a utilizar el 100% del monto pagado a nivel de Impuesto de Primera Categoría como crédito contra los impuestos personales de Segunda Categoría.

Semi integrado:

Régimen donde los dueños de la empresa deben tributar sobre la base de los retiros efectivos de utilidad. Si se acoge esta modalidad se deberá pagar Impuesto de Primera Categoría con tasa de 27% a partir del año comercial 2018 en adelante.

Es importante aclarar que la legislación chilena actual sobre la materia, al momento de regular la cantidad de trabajadores extranjeros que pueden servir a un mismo empleador, señala que el 85% de sus trabajadores deben ser chilenos, dejando así espacio para un 15% de trabajadores extranjeros dentro de la empresa.

Existen diferentes ambitos de la operación regular de una sociedad o empresa en Chile:

I.- Planificación Contable y Trámites Operacionales

II.- Declaracion de Impuestos Mensuales, Anuales y de Renta

III.- Remuneraciones y Descuentos Legales

IV.- Habilitación de Facturación electrónica para compra y venta

V.- Reportes de Gestión, Balances y Control de Inventario

VI.- Más Información […]

Turismo

Chile está abierto a que ciudadanos de todos los países del mundo puedan aplicar a permisos o nacionalidad Chilena, sin discriminación alguna.

Con todo, los ciudadanos colombianos, peruanos y dominicanos deben acompañar certificado de antecedentes judiciales en sus solicitudes.

Se considera turista al extranjero que ingresa al país sin el ánimo de permanecer en él, obtener residencia o desarrollar actividades remuneradas. Así será turista quién viaje por motivos de placer, estudios, religiosos, familiares u otros.

Nuestro país permite un máximo de 90 días contados desde la fecha que se ha ingresado al país, plazo que puede prorrogarse por otros 90 días.

Cabe destacar que si uno excede el límite de días se le negará su salida hasta que cancele una multa económica.

Nuestro país lo permite, pero previo a la obtención del “permiso de trabajo en calidad de turista” otorgado por el Departamento de Extranjería y Migración, y por un plazo máximo de 30 días los que pueden prorrogarse si se mantiene el permiso de turismo.

En ningún caso. Uno puede entrar al país como turista y luego solicitar al departamento de Extranjería y Migraciones determinada solicitud.

Si aún tienes una duda de carácter específica o necesitas asesoría general, nuestro equipo resolverá todas tus inquietudes.